Registro retributivo obligatorio: cómo hacerlo paso a paso
La primera obligación de transparencia salarial que tu empresa debe cumplir, explicada paso a paso: qué es, qué debe contener y cómo hacerlo sin errores.
El registro retributivo obligatorio para empresas es la primera obligación de transparencia salarial que tu empresa debe cumplir, y muchas pymes todavía no lo tienen. Saber cómo hacer un registro retributivo correcto te protege ante la Inspección de Trabajo y es la base sobre la que se construye toda tu política salarial. Esta guía te lo explica paso a paso.
Qué es el registro retributivo
El registro retributivo es un documento que recoge, de forma ordenada y desglosada por sexo, la información salarial de toda la plantilla de una empresa. Su finalidad es hacer visible si hombres y mujeres cobran lo mismo por un trabajo de igual valor.
Lo exige el Real Decreto 902/2020, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que desarrolla el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores. No es un documento opcional ni una buena práctica: es una obligación legal en vigor en España.
El registro no consiste en publicar la nómina individual de cada persona. Trabaja con valores medios agrupados, de modo que se puedan comparar colectivos sin exponer datos personales concretos. Es una herramienta de diagnóstico colectivo, no de control individual.
Qué empresas están obligadas
Aquí no hay matices de tamaño: todas las empresas con personas trabajadoras están obligadas a llevar registro retributivo. Da igual que tengas una plantilla de 3 personas o de 300. Si hay contratos de trabajo, hay obligación de registro.
Esto sorprende a muchas pymes y microempresas, que asumen que la transparencia salarial es cosa de grandes compañías. No lo es. El registro retributivo es la obligación más transversal de toda la normativa de igualdad retributiva.
Conviene no confundir el registro con la auditoría retributiva obligatoria: el registro lo deben llevar todas las empresas; la auditoría, solo las de 50 o más personas trabajadoras, dentro de su plan de igualdad.
Qué debe contener el registro retributivo
Un registro retributivo bien elaborado debe incluir los siguientes elementos.
Conceptos retributivos desglosados
El registro debe recoger los valores medios de tres grandes bloques de retribución:
- Salario base.
- Complementos salariales (antigüedad, puesto de trabajo, productividad, etc.).
- Percepciones extrasalariales (dietas, indemnizaciones, mejoras voluntarias, retribución flexible, etc.).
Media aritmética y mediana
Para cada concepto debe figurar tanto la media aritmética como la mediana, ambas desglosadas por sexo. La mediana aporta una visión más fiel cuando hay salarios muy dispares que distorsionarían la media.
Desglose por sexo y agrupación
Toda la información debe presentarse desglosada por sexo y agrupada por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo de igual valor. Esta agrupación es clave: comparar peras con peras solo es posible si los puestos están bien clasificados.
Justificación si la brecha supera el 25%
Si la media o mediana de las retribuciones del conjunto de la plantilla arroja una diferencia entre hombres y mujeres igual o superior al 25%, la empresa debe incluir en el registro una justificación que acredite que esa diferencia no responde al sexo de las personas.
Acceso de la representación de los trabajadores
La representación legal de los trabajadores tiene derecho a acceder al registro. En empresas sin representación, el acceso se canaliza de la forma que prevea la normativa, normalmente facilitando la información sobre diferencias porcentuales.
Cómo hacer un registro retributivo paso a paso
Veamos el proceso de forma práctica. Estos son los pasos para elaborar tu registro retributivo.
Paso 1: define el periodo de referencia
El registro se refiere, con carácter general, al año natural. Decide el periodo (por ejemplo, el ejercicio anterior completo) y mantén la coherencia en todos los datos que recojas.
Paso 2: clasifica los puestos por valor
Antes de meter cifras, agrupa los puestos. La normativa exige comparar puestos de igual valor, y para eso necesitas un criterio objetivo. La valoración de puestos de trabajo clasifica cada puesto según cualificación, esfuerzo, responsabilidad y condiciones de trabajo. Sin este paso, la agrupación será arbitraria y el registro, poco fiable.
Paso 3: recopila todos los conceptos retributivos
Extrae de tus nóminas, persona a persona, el salario base, todos los complementos salariales y todas las percepciones extrasalariales del periodo. Identifica el sexo de cada persona. Es importante incluir todos los conceptos: dejar fuera la retribución variable o las mejoras voluntarias falsea el resultado.
Paso 4: normaliza los datos
Para que la comparación sea justa, conviene anualizar y equiparar a jornada completa las retribuciones de quienes trabajan a tiempo parcial o no han estado todo el año. De lo contrario, una persona a media jornada parecería «cobrar menos» cuando en realidad cobra lo mismo por hora.
Paso 5: calcula medias y medianas por sexo
Para cada agrupación de puestos de igual valor, calcula la media aritmética y la mediana de cada concepto retributivo, separando hombres y mujeres.
Paso 6: calcula la brecha y, si procede, justifícala
Calcula la diferencia porcentual entre hombres y mujeres. Si en el conjunto de la plantilla la brecha media o mediana llega al 25%, redacta la justificación objetiva. Y, aunque no llegues al 25%, te interesa poder justificar las diferencias salariales legalmente en cualquier categoría.
Paso 7: documenta, comunica y conserva
Recoge todo en un documento formal, da acceso a la representación de los trabajadores y consérvalo. Recuerda actualizarlo cuando cambien la plantilla o las retribuciones de forma relevante.
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Ejemplo práctico de registro retributivo
Veamos una versión simplificada para una pyme con puestos agrupados por valor. Las cifras son ilustrativas y se refieren a la retribución total anual media.
| Grupo de puestos de igual valor | Retribución media hombres | Retribución media mujeres | Brecha |
|---|---|---|---|
| Dirección y gerencia | 62.000 € | 60.500 € | 2,4% |
| Mandos intermedios | 41.000 € | 39.300 € | 4,1% |
| Técnicos | 33.500 € | 33.900 € | -1,2% |
| Personal administrativo | 26.000 € | 25.100 € | 3,5% |
| Personal de operaciones | 24.500 € | 24.600 € | -0,4% |
En este ejemplo, ninguna agrupación alcanza el 25% que obliga a justificación general en el registro. Aun así, una empresa prudente analizaría la brecha del 4,1% en mandos intermedios: ¿se explica por antigüedad, por desempeño, por el puesto concreto? Si la respuesta es sólida, no hay problema. Si no lo es, conviene revisarla, sobre todo pensando en la regla del 5% de la directiva europea.
Un registro real incluiría además el desglose por conceptos (salario base, complementos, extrasalariales) y tanto media como mediana. Este ejemplo muestra la lógica: agrupar, comparar y poder explicar.
El registro es el primer paso, no el último
El registro retributivo es una foto. Te dice cómo estás, pero no resuelve por sí solo los problemas que detecta. Si el registro revela diferencias que no sabes explicar, necesitas ir más allá:
- Construir bandas salariales por puesto para dar coherencia a las retribuciones.
- Si tienes 50 o más empleados, realizar la auditoría retributiva.
- Y, sobre todo, formalizar una política. Entender qué es una política retributiva y construir la tuya convierte el registro en algo útil: deja de ser un trámite y pasa a ser una herramienta de gestión.
Hacer el registro a mano, en una hoja de cálculo, es posible pero laborioso y propenso a errores, sobre todo en la valoración de puestos y en la normalización de datos. Por eso muchas pymes recurren a software especializado que automatiza los cálculos y aporta criterio.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el registro retributivo obligatorio?
Es un documento que recoge los valores medios de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales de toda la plantilla, desglosados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías o puestos de igual valor. Lo exige el Real Decreto 902/2020.
¿Qué empresas están obligadas a tener registro retributivo?
Todas las empresas con personas trabajadoras, sin importar su tamaño. Desde la microempresa con un solo empleado hasta las grandes corporaciones, todas deben llevar un registro retributivo actualizado según el Real Decreto 902/2020.
¿Qué debe contener un registro retributivo?
Debe contener la media aritmética y la mediana de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales, desglosados por sexo y agrupados por grupos profesionales, categorías o puestos de igual valor. Si la brecha media supera el 25%, debe incluir una justificación.
¿Cada cuánto hay que actualizar el registro retributivo?
El registro debe mantenerse actualizado y referirse, con carácter general, al año natural. Conviene revisarlo siempre que se produzca una variación relevante en la plantilla o en las retribuciones, como nuevas incorporaciones, subidas o cambios de puesto.
¿Qué pasa si no tengo registro retributivo?
No llevar el registro retributivo es un incumplimiento que puede dar lugar a sanciones de la Inspección de Trabajo y debilita la posición de la empresa ante reclamaciones por discriminación salarial, sobre todo con la inversión de la carga de la prueba que trae la directiva europea.
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Solicita una demoEste artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal. Confirma siempre los detalles aplicables a tu caso con tu asesoría laboral, especialmente porque la transposición española de la directiva puede introducir matices.




